ABC.
CÓRDOBA
Día 08/03/2013
La Junta publicó ayer una orden que fija el impacto paisajístico y el riesgo de avenidas como impedimentos
La Consejería de Agricultura, Pesca y medio Ambiente publicó ayer en el BOJA una orden que fija una serie de recomendaciones -normas directoras- para que los ayuntamientos lleven a cabo la aplicación del decreto de 2012 que regularizaba las edificaciones en suelo no urbanizable. Lo curioso del caso es que entre la larga lista de requisitos que establece para que miles de viviendas puedan acceder a servicios básicos (agua, luz, alcantarillado,...) reza la ausencia de cualquier impacto paisajístico que atente contra el patrimonio histórico y de riesgos para la seguridad humana por situaciones de avenidas. Estos aspectos tocan de lleno en el caso de las viviendas ilegales del entorno del yacimiento de Medina Azahara, inmersas en el ámbito del Bien de Interés Cultural, y todas aquellas que pueblan las márgenes del Guadalquivir y que se han visto afectadas por dos serias riadas en los últimos años.
Se da la circunstancia de que estas normas directoras publicadas ayer en el boletín oficial son las mismas con las que la Gerencia de Urbanismo ha venido trabajando en el avance de adatpación del PGOU a este decreto de regularización y para la futura ordenanza municipal que organizará los diferentes caminos que los parcelistas deberán seguir para obtener esos servicios, cierto reconocimiento jurídico para ocupar sus casas y la posibilidad de inscribirlas en el Registro de la Propiedad. O lo que es lo mismo, acogerse a la categoría de asimilado a régimen de fuera de ordenación (AFO).
Mientras se ultima ese avance, los datos ya conocidos de invetariado de edificaciones en los suelos no urbanizables de la capital han dado como resultado 78 parcelaciones (12 de ellas en trámite de suelo urbanizable) donde hay cerca de 4.000 viviendas. Gran parte de ellas podrían obtener servicios siempre que sorteen una serie de exigencias legales (prescripción de infracciones, no estar en suelo de especial protección) y otras de carácter técnico (accesos, habitabilidad, seguridad, e impacto). En este último paquete es donde entran de lleno las recomendaciones de la orden autonómica que entró en vigor ayer.
Algunos de estos criterios pasan por que la la vivienda tenga un mínimo de 24 metros cuadrados de superficie útil con una zona de estar que no esté en sótano, que las casas respeten las distancias mínimas respecto a otros usos incompatibles; accesos en condiciones de seguridad a las edificaciones; que no alteren «gravemente» la contemplación del paisaje y de «los elementos singulares del patrimonio histórico» o que cuenten con medidas que garanticen la seguridad de las personas, bienes o enseres ante posibles riesgos por avenidas o escorrentías. La orden recoge también la necesidad de que los aljibes o la red de evacuación de aguas residuales se acojan a la normativa (rechaza los pozos negros) y que las viviendas cuenten con estabilidad estructural acorde a los parámetros.
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