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domingo, 17 de marzo de 2013

La CHG ve competente a la administración autonómica



Estado y Junta rechazan responsabilidades en la reclamación de afectados por la inundaciones de Écija de 2010









La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG), dependiente delMinisterio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y la Secretaría General del Agua de la Junta de Andalucía han respondido a la reclamación administrativa interpuesta por los afectados por los perjuicios derivados de las riadas de finales de 2010 y principios de 2011 en Écija (Sevilla), rechazando en ambos casos responsabilidades.
En el caso de la CHG, ésta ha emitido una respuesta, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que desestima la petición al declararse "incompetente" para su conocimiento y resolución, ya que en la fecha en la que se produjeron los hechos la gestión de los recursos y aprovechamientos hidráulicos correspondientes a las aguas de la cuenca del Guadalquivir que discurren íntegramente por territorio andaluz "correspondía a la comunidad autónoma de Andalucía".
Considera el organismo estatal que el centro de imputación de la responsabilidad es "la administración en la que se integre el servicio generador de ese daño", siendo en este caso "una obligación derivada" de la gestión autonómica, sin que se encuentre en el particular "una transferencia de competencias ni una reversión competencial mutuamente acordada".
NULIDAD 'AB INITIO'
Por su parte, en su respuesta, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Junta hace un recordatorio de los traspasos de funciones y servicios en materia de recursos y aprovechamientos hidráulicos entre administración central y autonómica, con la inconstitucionalidad del articulado de reforma del Estatuto de Autonomía que daba a Andalucía competencias exclusivas sobre las aguas fluviales que transcurrieran por su territorio y no afectaran a otra comunidad autónoma.
Así, y tras citar jurisprudencia y remitirse a informes jurídicos y del Consejo Consultivo, la Junta manifiesta que asumió la gestión de la cuenca hidrográfica del Guadalquivir en base a una norma "nula", es decir, que la administración regional "nunca tuvo, jurídicamente, competencias para ello, pues la nulidad declarada, constitucional y jurídicamente, ha sido 'ab initio', ya que en ningún momento esa norma desplegó efectos jurídicos válidos".
Por ello, califica de "evidente" que en la fecha de los daños no correspondía a la Junta instruir los expedientes, ni ahora resolverlos, bajo riesgo de que, de hacerlo, se incurriera en nulidad "absoluta", concluyéndose en la inadmisión de la reclamación.
Los afectados, por boca de su letrado, Fernando Osuna, ya avisaron de que presentarán un recurso contencioso-administrativo ante los tribunales en los próximos días del mes de junio si no cuentan con una respuesta positiva por parte de las administraciones, al haber pasado el plazo preceptivo de seis meses desde la interposición de las reclamaciones administrativas.
DAÑOS PSICOLÓGICOS Y MORALES
Osuna subrayó a Europa Press que, pese a haber varias administraciones implicadas, la instancia que probablemente recibiría el caso sería elTribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), en orden a facilitar las gestiones a los afectados.
Los vecinos consideran que ha existido una mala gestión del problema por parte de las administraciones. En sus peticiones se hacen constar los daños psicológicos y morales --"hay gente que no duerme bien"--, así como el lucro cesante que supone vivir en inmuebles "depreciados" por el hecho de estar construidos sobre zonas susceptibles de inundación.
"El Consorcio de Compensación de Seguros no paga estas cantidades, con lo cual los afectados se quedarán sin cobrar, a no ser que reclamen a través de la plataforma que se ha creado", ha subrayado el abogado, que ha agregado que el hecho de que algunos afectados hayan cobrado del Consorcio de Compensación de Seguros no obstaculiza para que puedan reclamar por la vía iniciada, es decir, que pueden cobrar además de lo que ya han recibido del Consorcio.
Osuna también representa los intereses de en torno a una decena de reclamantes de Lora del Río, por las mismas razones. En este caso, el año de prescripción se ha interrumpido con una reclamación, en un proceso que tendría su continuidad con más pruebas y el pago de los peritos.
(EuropaPress)

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