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lunes, 20 de mayo de 2013

URBANISMO APROBARA EL MIERCOLES EL CAMBIO DEL PGOU PARA EL ASIMILADO AL FUERA DE ORDENACION

Diario Córdoba


Vecinos de la Sierra alegan contra el inventario de parcelas



ISABEL LEÑA 18/05/2013


La Gerencia de Urbanismo ha recibido ocho alegaciones al inventario de edificaciones en suelo no urbanizable. Los alegantes son asociaciones o particulares con viviendas irregulares de la Sierra definidas como aisladas, que piden su consideración como asentamientos urbanísticos, ya que creen que así tendrán más fácil la dotación de servicios básicos.
Uno de los colectivos que alega es la comunidad de propietarios de Dehesa del Hornillo, formada por 13 fincas independientes que tienen su origen en 1979. Argumentan que la urbanización está totalmente consolidada y que se encuentra junto a El Cruce, que es suelo urbano. Además, asegura que tiene estructura urbana. Otro es la comunidad de propietarios de Vistas Ballesteros, con casas de hace más de 15 años y, según indica, aptitudes adecuadas para la implantación de la estructura urbana. Argumenta, además, que está a 500 metros del núcleo urbano principal, junto al hospital de Los Morales, que puede acoger hasta 60 casas, y que su único riesgo, el de incendios, es salvable. Esta comunidad aduce que dispone de dotaciones comunes y que necesita infraestructura urbana para tener servicios básicos. Asegura que costeará lo necesario para la legalización. Por último, está la asociación de propietarios de la urbanización la Sierra de Alcolea, conocida también como Montón de la Sierra. Este colectivo alega que el hecho de que las casas sean consideradas como viviendas aisladas les perjudica, ya que los propietarios están en trámites de obtener la consolidación del núcleo y con esa calificación les resultará imposible. En este caso, y según los vecinos, la urbanización está integrada por 35 viviendas que se ubican cerca del tanatorio y de Rabanales, por lo que tienen todos los requisitos exigibles para ser considerada asentamiento urbanístico.
 Viviendas ubicadas en la Sierra.El inventario es una exigencia del decreto de la Junta para regularizar y dotar de servicios a edificaciones de suelo no urbanizable que cumplan los requisitos. En total, contabiliza 4.334 viviendas. Ya solo falta que Urbanismo apruebe una ordenanza para la declaración del Asimilado al Fuera de Ordenación, figura que permite la inscripción en el Registro de la Propiedad y la dotación de servicios. Urbanismo está estudiando si se puede aplicar en suelo urbanizable, que no está tan claro. El consejo rector del miércoles aprobará la modificación del PGOU para incluir la figura del AFO. El consejo rector abordará también la modificación presupuestaria que da de baja los créditos que había para el centro de congresos, al pasar este proyecto al Ayuntamiento.

Volvemos a decir lo mismo, el AFO. no interesa ni a los que les pase la red de servicios por su puerta.

Este enlace que me manda mi amigo Miguel Quiros de Estepona viene a sacar a la luz lo complejo de la modificación de la Ley 2/2012,donde marca claramente la situación del AFO. (Asimilado Fuera de Ordenación) por lo que la mayoría de afectados pueden optar a los servicios básicos,en la Disposición, transitoria tercera. 

Medidas para garantizar la habitabilidad de las edificaciones 
existentes en suelo NO URBANIZABLE que constituya la vivienda habitual de sus propietarios.

Los Ayuntamientos podrán autorizar con carácter excepcional y transitorio y hasta que se resuelva el procedimiento de reconocimiento y en su caso regularización de las edificaciones en suelo no urbanizable establecido reglamentariamente, la contratación PROVISIONAL de los servicios básicos con las 
compañias suministradoras.

" Pero" dicha autorización NO conllevará la ejecución de obras de reparación,conservación o de cualquier otra naturaleza.

"Pero" para conceder dicha autorización el Ayuntamiento deberá acreditar, mediante informe técnico(¿quien lo paga) y Jurídico de los servicios municipales, que dicha edificación se encuentra terminada,( y si te falta cualquier pego y no puedes hacer obra)en uso, y constituye la vivienda habitual de los propietarios.

"Pero además que NO concurra  ninguna de las circunstancias descritas en el apartado 2 del articulo 185 de la Ley 7/2002 de 17 de Diciembre.Y que No esté en curso de procedimiento administrativo ni judicial alguno. 

"Pero para ponerlo más fácil dice lo siguiente, a si mismo será preceptiva la acreditación por parte de la compañía suministradora de que las redes se encuentran accesibles desde la edificación sin precisar nuevas obras, la acometida es viable y NO se induce a la implantación de nuevas edificaciones.

"Pero" además, si pasado un año de la entrada en vigor de la presente Ley,No se podrán conceder nuevas autorizaciones y cesará la contratación del suministro autorizado, salvo que con anterioridad se haya resuelto favorablemente el reconocimiento de la situación de asimilado al régimen de fuera de ordenación. 
El próximo 28 de Febrero termina el plazo,Y la mayoría de los afectados ni se han enterado.Ah,pero ese es su problema.

El apartado 2 del articulo 185 de la Ley 7/2002, nos dice:

2. La limitación temporal del apartado anterior no regirá para el ejercicio de la potestad de protección de la legalidad
urbanística y restablecimiento del orden jurídico perturbado respecto de los siguientes actos y usos:
A) Los de parcelación urbanística en terrenos que tengan la consideración de suelo no urbanizable.
B) Los que afecten a:
a) Terrenos clasificados como suelo no urbanizable de especial protección o incluidos en la Zona de Influencia
del Litoral.
b) Bienes o espacios catalogados.
c) Parques, jardines, espacios libres o infraestructuras o demás reservas para dotaciones, en los términos que se
determinen reglamentariamente.
d) Las determinaciones pertenecientes a la ordenación estructural de los Planes Generales de Ordenación Urbanística
o de los Planes de Ordenación Intermunicipal, en los términos que se determinen reglamentariamente.

Si no entienden bien este articulo, vean y sobre todo escuchen a Miguel Quiros en el video del enlace tarda aproximadamente una hora, pero te digo que a los afectados se nos hace corto.http://www.youtube.com/watch?feature=player_embedded&v=_8_l4GTioqI



http://www.youtube.com/watch?feature=player_embedded&v=_8_l4GTioqI

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