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martes, 15 de enero de 2013

URBANISMO ADMITE EL PAGO PARA EVITAR LAS ÓRDENES DE DEMOLICIÓN


La Gerencia Municipal de Urbanismo regulará la posibilidad de de pagar a cambio de eludir el derribo de construcciones en determinados supuestos en los que los informes técnicos digan que tirar una construcción o una parte de la misma se encuentra con problemas de índole legal o material haciendo imposible el desarrollo de esta medida. La propuesta se encuentra en el decreto sobre disciplina urbanística de la Junta de 2010 y en Córdoba no se ha aplicado nunca en la capital al no existir una regulación de competencia municipal. 

El texto de Urbanismo, que el miércoles se aprobará provisionalmente, permite aplicar el régimen asimilado al fuera de ordenación en aquellos casos donde las condiciones de la edificación o el estado del expediente hagan inviable la demolición aunque no se haya llegado a la prescripción del mismo. Se trata de casuísticas varias. Desde naves industriales que se pueden legalizar en parte pero no en todo hasta casas que han sido ampliadas sin licencia y en las que derribar una parte, la irregular, implica poner en riesgo estructural la parte de la edificación que sí se ha realizado conforme la normativa. 

La regulación autonómica y municipal establece un concepto de pago que el Consistorio tendrá que desarrollar puesto que en los textos actuales ni siquiera se apunta de cuánto dinero se puede estar hablando. Los propietarios que se encuentren en esta situación tendrán que abonar una indemnización por equivalencia además de las sanciones que correspondieran para que esa parte de la edificación adquiera la categoría de asimilado a fuera de edificación. Otros municipios han establecido como cantidad mínima el pago de la prestación económica por el uso extraordinario del suelo no urbanizable, que en Córdoba está fijado en un 5% del presupuesto de ejecución material de la edificación. 

El abono de esta cantidad no implica, en ningún caso, la legalización de las edificaciones pero sí su consideración en un régimen asimilado del fuera de ordenación que es una forma de tolerancia de las viviendas o construcciones que, realizadas sin licencia, seguirán funcionando de forma normalizada con acceso a servicios, con la posibilidad de ser ocupadas o con el desarrollo de una actividad dentro de los límites que ofrece la normativa. La Junta llevó a cabo esta propuesta con el objetivo de dar respuesta a la situación de miles de viviendas irregulares en toda Andalucía que no se pueden derribar, por haberse cumplido los cuatro años preceptivos, y que sin embargo están siendo habitadas. 

El teniente de alcalde de Urbanismo, Luis Martín, explicó ayer que la Gerencia se encuentra realizando el avance que señalará las viviendas construidas sin licencia que se podrán beneficiar de la amnistía urbanística facilitada por la Junta de Andalucía. El trabajo pretende presentarse ante el consejo rector de la Gerencia de Urbanismo con el objetivo de que pueda empezar a aplicarse en cuanto se le comunique a la Consejería competente. La innovación del PGOU en marcha tendrá que desarrollarse mediante una ordenanza específica que dirá en qué condiciones se puede emitir una licencia de ocupación a viviendas que se hayan realizado sin cumplir con la ordenación urbanística.

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