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martes, 1 de octubre de 2013

EL AYUNTAMIENTO DE CARMONA NO NOS ENGAÑARÁ MÁS




  • EL AYUNTAMIENTO DE CARMONA NO NOS ENGAÑARÁ MÁS

    Conocedores de que se han hecho muchos comentarios malintencionados sobre una supuesta voluntad de especulación de suelo por parte de LOS VECINOS DE LAS URBANIZACIONES , LA Normativa DE LA JUNTA DE ANDALUCIA DA LA RAZÓN A LA ASOCIACION DE VECINOS DE URBANIZACIONES DE CAR...MONA “ASOCURCA”:

    LOS VECINOS DE LAS URBANIZACIONES NO SOMOS ESPECULADORES, sólo pretendemos que el proceso sea viable económicamente para todos los vecinos que tienen que pagarlo, y que no pueden verse obligados a elegir entre vivir en las pésimas condiciones actuales, o tener que malvender sus viviendas, por no poder pagar los gastos de urbanización.

    El pasado día 7 de marzo de 2013, se publicó en el Boletín de la Junta de Andalucía (BOJA nº 46), la Orden de 1 de marzo de 2013 por la que se aprueban las Normativas Directoras para la Ordenación Urbanística, (en desarrollo de los artículos 4 y 5 del Decreto 2/2012 que regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en el suelo no urbanizable).

    Esta Normativa, de obligado cumplimiento desde el pasado día 8 de Marzo, viene a resolver numerosas discrepancias interpretativas que, como es de público conocimiento, han mantenido ASOCURCA con los redactores del PGOU de Carmona y cuya consecuencia fue la masiva presentación de alegaciones a dicho documento, así como al Avance de planeamiento que, recientemente, fue aprobado inicialmente.
    Por ello, entendemos que es de interés general informar:

    1º. Que el sistema de “asentamientos” que debe incluir el PGOU, van todos referidos a las edificaciones ubicadas en el Suelo No Urbanizable (Norma 1, punto 1) como son:
    Los Nietos, Las Nietas, Las Palmas, Mataluna, Torrecilla, Los Naranjos y Las Naranjillas.
    Por tanto, estimamos que no se puede considerar “asentamientos” las edificaciones ubicadas en Suelos Urbanos No Consolidados y en Suelos Urbanizables, lo que es el caso de numerosas urbanizaciones de Carmona, como:
    Pradollano, El Corzo, Las Monjas, Los Frutales del Alcor, San Bernardo, Los Cerros del Alcor, etc.

    2º. Que en los asentamientos urbanísticos de uso residencial, deben delimitarse teniendo en consideración dos factores:
    El grado de consolidación de la edificación y la viabilidad de la implantación en ellos de servicios (agua potable, saneamiento, telefonía, etc.) y dotaciones. (Norma 3ª), considerando además que "la densidad edificatoria deberá ser lo suficientemente elevada como para que resulte sostenible la implantación de los servicios y dotaciones comunes".

    3º. Que al respecto de lo dicho en el punto anterior, se considera que cuando las "densidades edificatorias inferiores a 10 viv./ha, se debe justificar que es viable la implantación de servicios por la existencia de infraestructuras generales próximas a los mismos de fácil conexión". Por el contrario, "para densidades edificatorias inferiores a 5 viv./ha, se considerará que no es viable la implantación de los servicios y dotaciones comunes".

    4º. Que este criterio para la viabilidad económica, es igualmente aplicable a las urbanizaciones que se encuentran en suelo clasificado como urbano no consolidado o urbanizable (Pradollano, El Corzo, Las Monjas, Los Frutales del Alcor, etc), que pese a no ser en puridad "asentamiento" por no estar en suelo no urbanizables, deben acometer íntegramente las obras de implantación de los servicios y las dotaciones. Es más, deben luego conservarlas, pues se les impone desde el PGOU la constitución de Entidades Urbanísticas de Conservación, para que los vecinos costeen el mantenimiento de las mismas, por lo que la viabilidad económica tiene suma importancia.

    5º. Que el actual proyecto de PGOU que se está tramitando, contempla una densidad de viviendas inferior a las 5 viviendas por hectárea para los suelos de la urbanizaciones, por lo que de acuerdo a la Normativa a que nos referimos, no se puede considerar viable económicamente la implantación de los servicios y las dotaciones.

    6º. Que la ALEGACIÓN presentada por ASOCURCA, eleva la densidad por encima de 5 viviendas por hectáreas, por lo que estimamos que se encuentra dentro de la horquilla de viabilidad económica planteada en las Normas, al tener muy próximos los puntos de conexión a las infraestructuras de servicios (ramales de Aguas del Huesna).

    7º. Que así mismo, el crecimiento previsto para las urbanizaciones según la ALEGACIÓN de ASOCURCA, más los previstos en el proyecto de PGOU para el casco de Carmona y Guadajoz, para las primeros 8 años de vigencia, está dentro del límite previsto en el POTA, siendo la principal diferencia que el modelo contenido en la ALEGACIÓN de ASOCURCA, SÍ que es viable económicamente según esta normativa y por el contrario el del proyecto de PGOU, NO.

    POR TODO ESTO, REITERAMOS:

    LOS VECINOS DE LAS URBANIZACIONES NO SOMOS ESPECULADORES, sólo pretendemos que el proceso sea viable económicamente para todos los vecinos que tienen que pagarlo, y que no pueden verse obligados a elegir entre vivir en las pésimas condiciones actuales, o tener que malvender sus viviendas, por no poder pagar los gastos de urbanización.

    EL AYUNTAMIENTO DE CARMONA NO NOS ENGAÑARÁ MÁS.

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