De nuevo nuestro agradecimiento a D. Manuel Hidalgo, por su incansable lucha y las aportaciones que nos hace.
El otro día nos pedías aspectos que debieran ser modificados en la LOUA.
Te comento uno que ha llevado a la ruina, y lo sigue haciendo, a muchísimas familias en Andalucía y que no se da en la ley básica del Estado.
Si puedes, échale un vistazo al Art. 12 del TRLS 08 (Ley del Suelo):
Solo contempla dos clases de suelo: rural y urbanizado. Solo los segundos, pagan impuestos "gordos"
Y a los Art. 44, 45, 46 y 47 de la LOUA::
Suelo:
1.- Urbanos:
- Consolidado
- No Consolidado
2.- No Urbanizable: y las suclases
3.- Urbanizable:
- ordenado
- sectorizado
- no sectorizado
Esta es la ruina.. A excepción del suelo no urbanizable, el resto paga impuestos (gordos), tal como si fueran urbanos, gozaran de todos los servicios y tuvieran derecho a licencia de obra.
Impuestos: IBI, Transmisiones patrimoniales, Sucesiones y donaciones, IRPF ( segunda vivienda), patrimonios, AJR, plusvalía.
Influye negativamente en las becas de los hijos, ayudas sociales, etc
La reforma o modificación debería ser que se asimilara a la ley estatal.
Un abrazo.
Manuel Hidalgo Romero.
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