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miércoles, 23 de octubre de 2013

NOTICIAS JURIDICAS

Hemos publicado este correo de D. Manuel Hidalgo Romero, por tratarse de interés general  y sobre todo como información para todos los afectados por la LOUA.

De nuevo nuestro agradecimiento a D. Manuel Hidalgo, por su incansable lucha y las aportaciones que nos hace.

El otro día nos pedías aspectos que debieran ser modificados en la LOUA.

  Te comento uno que ha llevado a la ruina, y  lo sigue haciendo, a muchísimas familias en Andalucía y que no se da en la ley básica del Estado.

  Si puedes, échale un vistazo al Art. 12 del TRLS 08 (Ley del Suelo):


   Solo contempla dos clases de suelo: rural y urbanizado. Solo los segundos, pagan impuestos "gordos"

  Y a los Art. 44, 45, 46 y 47 de la LOUA::


  Suelo:

  1.- Urbanos:
    - Consolidado
    - No Consolidado
  2.- No Urbanizable: y las suclases 
  3.- Urbanizable: 
      - ordenado 
      -  sectorizado 
       -  no sectorizado

  Esta es la ruina.. A excepción del suelo no urbanizable, el resto paga impuestos (gordos), tal como si fueran urbanos, gozaran de todos los servicios y tuvieran derecho a licencia de obra.

  Impuestos: IBI, Transmisiones patrimoniales, Sucesiones y donaciones, IRPF ( segunda vivienda), patrimonios, AJR, plusvalía.

  Influye negativamente en las becas de los hijos, ayudas sociales, etc

  La reforma o modificación debería ser que se asimilara a la ley estatal.

        Un abrazo.

  Manuel Hidalgo Romero.

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