Vistas de página en total

lunes, 4 de febrero de 2013

EL SUPREMO OBLIGA A LA JUNTA DECIR SI LAS LICENCIAS DE ENCINAREJO SON LEGALES




El alto tribunal lleva a la Junta a pronunciarse sobre si la ELA era un órgano competente

El Gobierno andaluz no podrá eludir la cuestión de emitir un pronunciamiento expreso en su máximo órgano ejecutivo, el Consejo de Gobierno, sobre una cuestión que atañe a docenas de vecinos de la entidad local de Encinarejo: si son legales las licencias otorgadas para sus viviendas y, por ende, si los criterios bajo los que se concedieron y los tributos que se pagaron por ellas se efectuaron por un órgano competente o no. 

El alto tribunal acaba de emitir una sentencia en la que obliga a la Junta de Andalucía a aclara su posición en el conflicto de competencias suscitado en 2006 entre la ELA de Encinarejo y el Ayuntamiento matriz, entonces en manos del PA e Izquierda Unida, respectivamente. Poniendo las cosas en contexto, eran años de crecimiento inmobiliario y de ingresos derivados por las tasas que se percibían. Encinarejo entendió que tenía la plena potestad para autorizar mientras que el gobierno municipal de Córdoba, que desde la etapa de José Mellado en Urbanismo se oponía a esta cuestión, aseguraba que podía autorizar actuaciones menores pero que las mayores, construir un edificio o rehabilitarlo, tenían que pasar por la Gerencia de Urbanismo. Tras muchos tira y afloja, el Consistorio planteó un conflicto de competencias ante la Junta de Andalucía. 

El Gobierno autonómico informó el conflicto de competencias pero nunca llegó a emitir un pronunciamiento en firme aunque se llegó a redactar un borrador del decreto a aprobar sobre esta cuestión alegando dos cuestiones fundamentales. La primera, que las licencias emitidas eran firmes. La segunda, que al ser procedimientos cerrados no cabía desarrollar un pronunciamiento buscando analogías en casos previos similares. 

El Supremo entiende que la Junta no tiene más alternativa, en aplicación de la legislación de conflictos de competencias, de emitir un pronunciamiento sobre la cuestión. De hecho, el recurso judicial que interpuso en su día el Ayuntamiento aseguraba que tenía que ser el Consejo de Gobierno quien dirimiese quien llevaba razón. El Supremo entiende, en la sentencia comunicada a las partes, que el pronunciamiento no implica darle la razón directamente al Ayuntamiento de la capital sino estudiar el asunto y emitir una opinión firme. Lo contrario, asegura el fallo, sería "causar un irreparable e injustificado perjuicio" a la corporación municipal de la capital. 

Socialmente, el tema podría llevar a que una serie de licencias de obras se emitieron por un órgano incompetente y por tanto no son válidas. Lo que viene a ser un lío.

No hay comentarios: