Vistas de página en total

martes, 10 de junio de 2014

Ordenan derribar una casa ilegal en un paraje con otras 16 viviendas



La Voz de Almería

La Audiencia afirma que “la existencia de otras construcciones ilegales” no impide la demolición
Javier Pajarón   [ 10/06/2014 - 12:38 ]

Paraje afectado en Pechina  [ La Voz ]
José Moreno y su familia residen en un pequeño cortijo a las afueras de Pechina, una finca a los pies de la autovía en un paraje conocido como Camino Vía Baños. La propiedad guarda una casa baja, un pequeño huerto de subsistencia y un espacio para el aparcamiento en la entrada. No es la parcela más grande ni la vivienda más espectacular de la zona, repartida en pequeñas explotaciones y casas de campo, pero hoy afronta en solitario el peso de la normativa urbanística.

Una sentencia dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Almería ordena la demolición del inmueble por levantarse en “terreno rústico no urbanizable”. Es una vivienda ilegal, levantada sin autorización municipal, en una zona agrícola y, por tanto, condenada al derribo, resume la sentencia.

Sin embargo, el problema surge en el entorno. El paraje Camino Vía Baños de Pechina está cubierto de viviendas unifamiliares rodeadas de cultivos, generalmente de pequeñas huertas, levantadas en terrenos rústicos, pero sólo consta la condena a José Moreno por la comisión de un delito contra la ordenación del territorio.

Según un informe de la Unidad de la Policía Nacional adscrita a la Junta de Andalucía (Policía Autonómica) del año 2007, incluido en el procedimiento, en la zona existen otras 16 viviendas en suelo “rústico no urbanizable”, aunque “se desconoce su situación legal al no haberse recibido informe del Ayuntamiento de Pechina”.

La casuística es muy amplia, aunque la mayoría de las parcelas cuentan, desde el punto de vista de la catalogación administrativa, con un “uso para cereal de secano y pastos”. Además, entre estas viviendas se incluye una propiedad que la Unidad Adscrita a la Junta aseguraba que “pertenecería a Miguel Cazorla”, ex concejal de Turismo del Ayuntamiento de Almería por aquellas fechas.
El concejal, referencia
A pesar del contexto urbanístico,  el Juzgado de Instrucción número Dos de Almería habría diligencias contra José Moreno por un delito contra la ordenación del territorio. La Fiscalía pidió un año y tres meses de cárcel contra el almeriense por construir sin licencia en terreno rústico (no estaba protegido), así como una multa económica.

Ahora bien, el Juzgado de lo Penal número Dos de Almería celebró un juicio y absolvió al acusado por varios motivos. El tribunal consideró que “no existió dolo” porque José Moreno desconocía que el suelo fuera “no urbanizable” y había mantenido un conversación con el alcalde del municipio donde le informó de que no existían problemas para la construcción en el año 2006 (dio de alta el suministro de agua).

Por otra parte, el Juzgado de lo Penal número Dos estimó que la presencia de un inmueble vecino de un concejal era, para una persona de escasa formación, un argumento de confianza sobre la legalidad de la obra. Alude a la presencia de la supuesta casa de Cazorla. “Entendemos que para una persona poco instruida como es el caso, sea dicho con todos los respetos, que la vivienda situada enfrente sea propiedad de un miembro del Ayuntamiento, ha de llevarle lógicamente a aquella conclusión (la legalidad)”, señala la primera sentencia.
Recurso y condena
El fallo fue recurrido por la Fiscalía, que a principios de marzo comunicó la revocación. La Sección Primera de la Audiencia Provincial consideraba que finalmente sí se cometió un delito. Para el tribunal presidido por la magistrada Lourdes Molina, el desconocimiento de la ley no impide la condena y, por tanto, José Moreno es obligado a tirar su vivienda. Tendrá un plazo de dos años y correrá con los gastos de la demolición, peritados inicialmente en más de 4.400 euros.

No obstante, la propia sentencia de la Audiencia señala la posible la existencia de otras viviendas irregulares en el paraje Camino Vía Baños, aunque no haya intervención judicial. Siempre según la sentencia, el tribunal matiza que “no puede ser causa impeditiva del derribo la existencia de otras construcciones ilegales”. “Aquel a quien se le aplica la ley no puede considerar violado el derecho a la igualdad por el hecho de que la ley no se aplique a otros que también han incumplido”, expone la resolución.


Así pues, la Audiencia Provincial condena a José Moreno, sin antecedentes penales, a un año de cárcel, al pago de una multa económica de 2.160 euros y a correr con los gastos de la demolición, fijados exactamente en 4.434,06 euros.

http://www.elalmeria.es/article/provincia/1790866/fiscal/pide/la/demolicion/trece/viviendas/ilegales/la/piedra/amarilla.html#



No hay comentarios: